Sistema fiscal holandés / Países Bajos

Convenio de doble imposición entre los Países Bajos y los EE. UU.

Melvin van Esch · Jul 10, 2018 · Última revisión:

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Melvin van Esch, Co-founder of Intercompany Solutions

By Melvin van Esch, Co-founder, Intercompany Solutions

Published Jul 10, 2018 · Last reviewed 28 July 2025

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Países Bajos cuenta con una amplia red de convenios para evitar la doble imposición que ofrecen ventajas fiscales a los inversores internacionales que establecen empresas allí. Entre estos convenios se encuentra el tratado con EE. UU. El primer convenio para evitar la doble imposición entre Holanda y EE. UU. se firmó en 1992. Su primera enmienda data de 1993.

Nuestros consultores locales especializados en la creación de empresas pueden proporcionarle información adicional sobre el sistema fiscal holandés.

Alcance del convenio de doble imposición entre Países Bajos y EE. UU.

El convenio para evitar la doble imposición entre Holanda y EE. UU. cubre:

  • impuestos sobre la renta, salarios, beneficios corporativos y dividendos en Holanda;
  • impuestos sobre la renta y sobre consumos específicos respecto a seguros aplicados a agentes de seguros holandeses establecidos en Estados Unidos.

Las fundaciones holandesas que trabajan en Estados Unidos están sujetas a disposiciones especiales que también se incluyen en el tratado de doble imposición. Estas se refieren al impuesto sobre consumos específicos de EE. UU. Además, el convenio cubre impuestos similares aplicables tanto en Holanda como en EE. UU.

Las disposiciones del tratado de doble imposición se aplican sobre la base de la residencia fiscal.

Imposición a las personas físicas de acuerdo con el convenio para evitar la doble imposición entre Países Bajos y EE. UU.

En Países Bajos, los residentes pagan el impuesto sobre la renta y las empresas locales están sujetas al impuesto sobre sociedades. A efectos de evitar la doble imposición, todos los tratados concluidos por Países Bajos incluyen disposiciones que cubren los impuestos sobre sociedades y sobre la renta.

Los empresarios internacionales que establecen empresas en Holanda tienen la opción de elegir su residencia fiscal, es decir, seleccionar el país que los considerará sujetos al pago de impuestos. Los contribuyentes extranjeros pueden optar por pagar impuestos de acuerdo con el acuerdo entre Holanda y EE. UU. para evitar la doble imposición o aprovechar el Decreto Unilateral para Evitar la Doble Imposición de 2001. El tratado para evitar la doble imposición con EE. UU. estipula que los residentes de EE. UU. que obtengan ingresos en Holanda se beneficiarán de un crédito respecto a la tributación de intereses, regalías y dividendos.

Imposición a las empresas de acuerdo con el convenio para evitar la doble imposición entre Países Bajos y EE. UU.

En cuanto al régimen fiscal para las empresas de EE. UU. que operan en Holanda y viceversa, el tratado para evitar la doble imposición prevé el estatus de establecimiento permanente que cubre:

  • sucursales;
  • talleres;
  • fábricas;
  • minas o centros de explotación;
  • otras oficinas y lugares de gestión;

El acuerdo para evitar la doble imposición es válido para instalaciones establecidas desde hace 12 o más meses.

La doble imposición se evita mediante la reducción de las obligaciones fiscales de las empresas holandesas en EE. UU. Por otro lado, Holanda concede deducciones fiscales a las empresas de EE. UU. que operan simultáneamente en ambos países.

Nuestros consultores holandeses en creación de empresas pueden proporcionar más información sobre los métodos para evitar la doble imposición en virtud del tratado entre Holanda y EE. UU.

Enmiendas relevantes para el convenio para evitar la doble imposición entre Holanda y EE. UU.

El acuerdo de doble imposición entre ambos países se modificó en 2004 para incluir nuevas disposiciones relativas a pensiones, dividendos, pensiones alimenticias y sucursales. Según estas, los impuestos sobre los dividendos transferidos a un residente de Holanda por una empresa en EE. UU. pueden percibirse en Países Bajos. Los tipos impositivos para la tributación de dividendos son los siguientes:

  • el cinco por ciento del importe del dividendo (bruto) si el beneficiario posee no menos del 10 por ciento de los votos en la sociedad que transfiere los dividendos;
  • el quince por ciento en todos los demás casos.

Las sucursales holandesas y de EE. UU. tributan en el país de registro de su establecimiento permanente. En lo que respecta a rentas vitalicias, pensiones alimenticias y pensiones, las personas con dichos ingresos están sujetas al impuesto sobre la renta únicamente en su país de residencia.

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Contacto

Si necesita información completa sobre las enmiendas al tratado para evitar la doble imposición con EE. UU., no dude en ponerse en contacto con nuestros agentes holandeses especializados en la constitución de empresas.

Guía para empresarios de EE. UU.: Cómo iniciar una empresa en Países Bajos

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