Empresa holandesa / Países Bajos

Responsabilidad de los directores en los Países Bajos

Melvin van Esch · Aug 02, 2018 · Última revisión:

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Melvin van Esch, Co-founder of Intercompany Solutions

By Melvin van Esch, Co-founder, Intercompany Solutions

Published Aug 02, 2018 · Last reviewed 19 February 2024

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Países Bajos cuenta con normas estrictas que regulan la responsabilidad de los directores de sociedades anónimas y de responsabilidad limitada (NV y BV), tanto antes como después de una declaración de quiebra. La responsabilidad del director o directores en empresas BV y NV es limitada si el capital social es desembolsado por los accionistas. El notario público legalizará entonces el capital social como "totalmente pagado". La empresa será responsable de todas las acciones, con algunas excepciones que analizaremos en este artículo. Para asesorarle sobre la materia, es de suma importancia contar con un notario y agente de constitución con experiencia.

Responsabilidad civil con respecto a la empresa

Cuando el director de una empresa toma decisiones que, en un momento futuro, resultan ser perjudiciales para el negocio, esto no significa necesariamente que vaya a asumir una responsabilidad personal por el resultado. Cierto grado de riesgo calculado es inherente a la gestión de un negocio. Por lo tanto, las leyes corporativas holandesas otorgan a los directores de empresas una libertad considerable para el cumplimiento de sus responsabilidades laborales.

No obstante, de conformidad con el Art. 2:9 del Código Civil de Países Bajos, los directores deben desempeñar sus funciones con la atención y la diligencia adecuadas. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la responsabilidad personal por los daños posteriores causados a la empresa. Según el Tribunal Supremo de Países Bajos, un director puede ser considerado responsable personalmente en caso de falta grave. El tribunal también ofrece pautas para medir el alcance de la falta. Si un director con plena experiencia y que actúe de manera razonable nunca tomaría tales medidas, el comportamiento se considera una falta grave. Algunos ejemplos incluyen:

  • Adopción de prácticas ilegales o fraudulentas;
  • Asunción de riesgos financieros no fundamentados;
  • Vaciamiento de activos;
  • Desvío de fondos de la empresa para uso privado;
  • Seguro inadecuado de activos tangibles.

En caso de que la empresa tenga dos o más directores, todos los miembros del Consejo de Administración comparten por igual la responsabilidad por cualquier daño. Un director solo puede evitar la responsabilidad si puede demostrar que no tenía conocimiento de la falta grave o que tomó todas las medidas razonables para detener las acciones perjudiciales. Por lo tanto, si un director no está de acuerdo con el curso de acción elegido por el Consejo, puede ser conveniente para sus intereses dimitir y evitar asumir responsabilidades.

Responsabilidad civil con respecto a los acreedores

En circunstancias particulares, los acreedores de la empresa pueden exigir responsabilidades individuales a los directores por los daños derivados de las decisiones tomadas en el ejercicio de sus funciones. Algunos ejemplos incluyen la provisión de datos financieros inexactos o la adopción de iniciativas inviables en nombre de la empresa que son claramente imposibles de cumplir.

Responsabilidad posterior a la quiebra

Cuando se declara la quiebra, el Código Civil otorga al administrador concursal la opción de exigir responsabilidad personal a los directores de la empresa por el déficit de fondos que se haya producido como consecuencia de la quiebra.

De conformidad con el Art. 2:248 del Código Civil de Países Bajos, en caso de quiebra, los directores comparten por igual la responsabilidad ante la masa de la quiebra con respecto a la parte de las deudas de la entidad en quiebra que no quede cubierta por la liquidación de sus activos. Esto se aplica en casos de gestión manifiestamente inadecuada por parte de los directores cuando se pueda concluir que sus acciones representan una causa significativa de la quiebra.

Se considera automáticamente que el Consejo de Administración ha desempeñado sus funciones de forma inadecuada si se comprueban las siguientes circunstancias:

  • La dirección no ha presentado los informes financieros anuales de la empresa ante la Cámara de Comercio holandesa dentro del plazo especificado tras el cierre del ejercicio fiscal;
  • La contabilidad de la empresa no se llevó de acuerdo con las buenas prácticas y los registros dan una impresión falsa de la situación financiera real de la empresa.

En estos casos, es responsabilidad de los directores demostrar que la imposibilidad de presentar los informes de la empresa o de administrarlos correctamente no se encuentra entre las causas importantes de la quiebra. En tales circunstancias, puede resultarles muy difícil evitar la responsabilidad.

Por otra parte, el administrador concursal puede exigirles responsabilidad por falta grave (como se indica en el punto relativo a la responsabilidad civil con respecto a las empresas). Sin embargo, en ese caso, el administrador concursal debe demostrar que la falta grave por parte de los directores condujo a la declaración de quiebra.

Si el administrador concursal tiene motivos para creer que personas que no son directores oficiales, pero que presuntamente han controlado la empresa, son las principales responsables de la falta de conducta o del incumplimiento de las obligaciones de la sociedad, el Código Civil (Art. 2:248) otorga al administrador concursal el derecho de exigir responsabilidad a estas personas, como si fueran directores reales. En caso de que el director de una empresa sea una persona jurídica, la legislación holandesa permite el levantamiento del velo corporativo, de modo que se alcance a las personas físicas reales que están detrás de la entidad. A continuación, estas personas son consideradas responsables de la quiebra. Por lo tanto, el nombramiento de sociedades holding o entidades jurídicas extranjeras como directores no puede proteger a las personas que están detrás de dichas entidades.

Responsabilidad fiscal

Los directores de personas jurídicas pueden ser considerados responsables de las obligaciones fiscales vencidas, siempre que no hayan notificado la imposibilidad de las entidades de realizar los pagos correspondientes (por ejemplo, pagos pendientes del Impuesto sobre el Valor Añadido, retenciones fiscales, etc.) dentro del plazo legal posterior al vencimiento de las obligaciones tributarias. Si la Agencia Tributaria declara a un director responsable de los pagos tributarios pendientes, el director asume la carga de demostrar que el impago de las obligaciones fiscales se debió a motivos ajenos a su control. Las responsabilidades fiscales suelen surgir tras la quiebra, ya que las empresas se ven imposibilitadas de pagar sus propios impuestos y las autoridades fiscales se centran en las personas físicas que están detrás de las empresas.

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