
By Melvin van Esch, Co-founder, Intercompany Solutions
Published May 29, 2018 · Last reviewed 19 February 2024
All blog posts are reviewed and fact checked by our labour law lawyer Zishan Hussain and our director.Editorial standards
El 19 de septiembre de 2017 (Prinsjesdag en los Países Bajos), se publicó una propuesta legislativa oficial para la modificación de la retención en la fuente sobre dividendos neerlandesa en relación con el Plan Fiscal para 2018. En resumen, la propuesta hacía referencia a una exención ampliada de la retención en la fuente sobre dividendos aplicada de forma unilateral con el objetivo de mantener el clima fiscal favorable en Holanda.
El mismo día, el Senado aprobó todas las propuestas incluidas en el Plan Fiscal para 2018. Por lo tanto, la exención ampliada de la retención en la fuente sobre dividendos está en vigor desde el 1 de enero de 2018.
Exención neerlandesa de la retención en la fuente sobre dividendos antes del 1 de enero de 2018
Durante varios años, Holanda ha eximido de la retención en la fuente a las distribuciones de dividendos a sociedades matrices de la UE o del EEE (Espacio Económico Europeo), basándose en la Directiva 2011/96/UE del Consejo relativa al régimen fiscal común aplicable a las sociedades matrices y filiales de Estados miembros diferentes. Según este documento, los ingresos distribuidos por filiales a sociedades matrices en diferentes Estados miembros no están sujetos a la retención en la fuente sobre dividendos en caso de que se cumplan los siguientes requisitos conjuntos:
- La forma jurídica de la sociedad matriz debe figurar en el Anexo I de la Directiva 2011/96/UE;
- La sociedad matriz debe residir en un Estado miembro de la UE según su legislación nacional y pagar el impuesto sobre sociedades por sus ingresos sin posibilidad de exención;
- La sociedad debe poseer un mínimo del 10 por ciento de los derechos de voto (o del capital) de la filial. La Directiva fue modificada para reducir este requisito de participación. Disminuyó del 25% para 2005 al 20% para 2006; durante los dos años siguientes fue del 15% y en 2009 pasó a ser del 10%.
- Debe cumplirse el requisito de período mínimo de permanencia de la participación (si lo hubiera).
Exención ampliada de la retención en la fuente sobre dividendos en los Países Bajos desde el 1 de enero de 2018
Desde principios de 2018, la exención neerlandesa de la retención en la fuente relativa a los dividendos tiene un alcance más amplio. Se aplica a las distribuciones de dividendos en los siguientes casos:
- La sociedad matriz habría cumplido los requisitos para la exención sobre participaciones en los Países Bajos, es decir, su participación en la entidad distribuidora/filial es del 5% o más;
- La sociedad matriz reside en el EEE, la UE o un país que haya firmado un convenio fiscal con los Países Bajos que incluya disposiciones relativas a los dividendos.
- A la sociedad no se le ha denegado una reducción de la retención en la fuente con respecto a los dividendos en virtud del convenio entre Holanda y el país en el que reside por aplicación de una cláusula antiabuso.
- La sociedad matriz no posee una parte del capital de la entidad distribuidora/filial con el propósito principal de evitar la retención en la fuente sobre dividendos neerlandesa. Esta condición se verifica mediante una "prueba subjetiva". Se realiza una evaluación para comprobar si la empresa posee una parte del capital de la entidad distribuidora/filial con la intención de eludir la retención en la fuente sobre dividendos en los Países Bajos y si la empresa fue interpuesta para lograr una mejor posición con respecto a dicha retención. Si la evaluación arroja un resultado positivo, le sigue una "prueba objetiva". Su propósito es determinar si la entidad es artificial, es decir, si no se estableció por razones comerciales legítimas que reflejen la realidad económica. En general, las entidades no se consideran artificiales en caso de que:
- la sociedad matriz tenga una actividad comercial operativa; o
- la sociedad sea una sociedad holding que ha adquirido una mejor posición con respecto a la retención en la fuente sobre dividendos neerlandesa en comparación con los accionistas indirectos (sociedad abuela) que realizan una actividad comercial operativa, pero su sustancia relevante es suficiente. Esto significa que la sociedad matriz (holding intermedia) cumple con dos requisitos adicionales de sustancia, además de los existentes estipulados en la legislación neerlandesa: 1) La sociedad matriz tiene costes de personal por un importe no inferior a 100 000 euros; 2) La sociedad matriz dispone de espacio de oficinas donde realiza sus actividades comerciales.
Los requisitos adicionales de sustancia están en vigor desde el 1 de abril de 2018.
¿Quién se beneficia?
La exención de la retención en la fuente sobre dividendos en los Países Bajos beneficia a las sociedades matrices con sede fuera de la UE que operan negocios activos y residen en jurisdicciones con las que Holanda ha firmado convenios fiscales. Los convenios deben incluir disposiciones relativas a los dividendos que prevean reducciones parciales de la retención en la fuente.
Intercompany Solutions
¿Está desarrollando un negocio fuera de la UE y considerando una expansión a nuevos mercados más allá de las fronteras de su país? El alcance más amplio de la exención de la retención en la fuente sobre dividendos convierte a Holanda en una jurisdicción conveniente para las empresas de fuera de la UE que buscan opciones para expandir sus operaciones a los Países Bajos y Europa.
Nuestro equipo en Intercompany Solutions cuenta con las habilidades y los conocimientos necesarios para ayudarle en cada fase de su proceso de expansión. ¿Le resultaría beneficioso trabajar con un socio competente que le ayude con sus planes de expansión? Póngase en contacto con nuestros profesionales, hable sobre sus ideas y descubra lo que podemos hacer por usted.
Publicaciones similares:
- Multinacionales extranjeras y el presupuesto anual de los Países Bajos
- Convenio fiscal denunciado entre los Países Bajos y Rusia a partir del 1 de enero de 2022
- Directivas para combatir la elusión fiscal en Holanda
- Legislación neerlandesa relativa a las inversiones extranjeras
- Exigencias fiscales más estrictas para las multinacionales en los Países Bajos

Fuentes
- OCDE: precios de transferencia y orientación fiscal internacional
- Wet op de vennootschapsbelasting 1969 (wetten.overheid.nl)
- RVO - Agencia de Empresas de los Países Bajos
- Officiele bekendmakingen - Boletín oficial del gobierno neerlandés
- PwC Netherlands - análisis y publicaciones fiscales
- Hoge Raad 2025, retención en la fuente sobre dividendos e interés sustancial extranjero (ECLI:NL:HR:2025:1162)
- Tribunal de Justicia de la UE, titularidad real y abuso en los casos daneses de dividendos (C-116/16) (C-116/16)
- Wet op de dividendbelasting 1965 (wetten.overheid.nl)
- KPMG Netherlands - servicios y análisis fiscales
- Belastingdienst - impuesto sobre dividendos al recibir dividendos
- Belastingdienst - exención sobre participaciones (deelnemingsvrijstelling)
¿Necesita más información sobre la BV holandesa?
Hable con un expertoReady to start your company in the Netherlands?
| Formation time | Dutch BV formation completed in 3 to 5 business days |
|---|---|
| Process | Fully remote setup with step-by-step guidance |
| Compliance | Expert support for registration, VAT and compliance |
| Aftercare | Accounting, tax and legal support included |
| One partner | All of the above through one trusted formation partner |

